A la hora de trabajar como freelance, la mayoría de las veces será obligatorio que estés dado de alta como autónomo, o para ser más específicos, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Esto es necesario cuando realizas una actividad económica de forma habitual, personal y directa a título lucrativo.
La confusión suele surgir con la palabra "habitual". No será necesario estar dado de alta como autónomo únicamente cuando se realicen trabajos esporádicos. Es decir, esto es una excepción y solo en casos concretos donde la actividad no se realiza de manera continuada y habitual.
Por ejemplo, si estás comenzando como freelance o aún no has decidido dar el paso pero quieres probar a realizar algún proyecto, no será necesario que te des de alta como autónomo para un caso puntual. Esto se aplica cuando se trata de una actividad lucrativa no habitual.
(Para mayor información: Seguridad Social: Afiliación)